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Aplazamiento de Verifactu hasta octubre de 2028: qué significa para tu empresa

El 5 de octubre de 2026 Hacienda anunció que aplazará hasta octubre de 2028 las obligaciones pendientes de Verifactu, el reglamento que regula los programas de facturación. Es un anuncio, no una norma: mientras no se publique en el BOE, las fechas legales siguen siendo el 1 de enero de 2027 para las sociedades y el 1 de julio de 2027 para el resto. Puedes seguir usando tu programa de facturación actual.

Por el equipo de UnaWeb · Publicado el

Qué ha anunciado Hacienda

El 5 de octubre de 2026, en el Foro de Asociaciones y Profesionales Tributarios, Hacienda comunicó su intención de aplazar hasta octubre de 2028 las obligaciones pendientes del Reglamento Verifactu (Real Decreto 1007/2023). Al día siguiente, la Agencia Tributaria publicó una nota informativa.

El motivo declarado es hacer coincidir esta obligación con la de la factura electrónica entre empresas, para que los negocios afronten un único cambio tecnológico en lugar de dos. Sería el tercer aplazamiento: el calendario original era julio de 2025, después se movió a 2026 y más tarde a 2027.

Qué fechas valen hoy

Conviene distinguir entre lo que es ley y lo que está anunciado. Hoy la ley sigue siendo el Real Decreto-ley 15/2025, y el aplazamiento a 2028 no la ha modificado todavía.

QuiénFecha vigente por leyFecha anunciada
Empresas que pagan el Impuesto sobre Sociedades1 de enero de 2027Octubre de 2028
Autónomos y resto de obligados1 de julio de 2027Octubre de 2028

Por qué todavía no está cerrado

El aplazamiento es una previsión de modificación, no una norma aprobada. Para que valga, el Gobierno tiene que aprobarlo, por ejemplo mediante un real decreto o un real decreto-ley, y publicarlo en el BOE.

Además, las elecciones generales están convocadas para el 29 de noviembre de 2026, y tras la jornada electoral el Gobierno quedaría en funciones, lo que podría dificultar aprobar el cambio. En el peor escenario, las fechas de 2027 entrarían en vigor tal como están.

Qué es Verifactu, en pocas palabras

Verifactu es el sistema que desarrolla el Real Decreto 1007/2023. Obliga a que los programas de facturación garanticen la integridad, la conservación, la trazabilidad y la inalterabilidad de los registros de facturación, para que una factura no se pueda alterar después de emitida y la Administración tributaria tenga información más fiable.

No cambia cómo facturas a tus clientes. Cambia lo que tiene que cumplir el programa con el que facturas.

Relación con la factura electrónica

Verifactu no es lo mismo que la factura electrónica obligatoria entre empresas. Son dos obligaciones distintas que ahora se quieren hacer coincidir en el tiempo. Según la Orden HAC/1028/2026, las empresas que facturan más de 8 millones de euros deberán emitir factura electrónica desde octubre de 2027, y las que facturan menos, desde octubre de 2028.

Qué conviene hacer según tu caso

  • Si ya has adaptado tu programa: no hace falta deshacer nada. No cambies a un programa no adaptado antes de que se publique el aplazamiento en el BOE, porque si no llegara a aprobarse podrías incumplir la obligación en 2027.
  • Si todavía no te has adaptado: no des octubre de 2028 por seguro. Ten un plan de contingencia para enero o julio de 2027, sobre todo si eres sociedad.
  • Si facturas con hojas de cálculo o procesadores de texto: revisa con tu gestor si eso seguirá siendo posible, porque son los casos que más cambian con la norma.
  • Si tienes dudas sobre tu caso concreto: consúltalo con tu asesor fiscal; este artículo es información general, no asesoramiento fiscal.

Lo que no cambia

La dirección de la norma es la misma: los requisitos técnicos de integridad, trazabilidad e inalterabilidad se mantienen. Lo único que se mueve es la fecha. Por eso tiene sentido aprovechar el margen para planificar con calma la adaptación de tu programa, en lugar de esperar al último momento.

Preguntas frecuentes

¿Se puede seguir usando IntraNext?

Sí. IntraNext es un ERP modular y puedes seguir trabajando con él, también con su facturación, exactamente igual que hasta ahora. El aplazamiento solo mueve la fecha a partir de la cual la normativa exigirá un programa adaptado, y nadie tiene que cambiar de herramienta antes. Cuando se acerque la fecha definitiva te contaremos qué ajustes harán falta en tu instalación.

¿Se puede seguir usando BussiNext?

Sí. Si gestionas tu pyme con BussiNext (ERP, CRM y RRHH), no tienes que tocar nada ahora: seguirás facturando y trabajando con normalidad mientras la obligación no esté en vigor. Lo recomendable es no esperar al último momento y revisar con nosotros, con margen, cómo queda la parte de facturación antes de que la normativa sea exigible.

¿Se puede seguir usando TuCartaYa?

Sí. Tu restaurante, bar o cafetería puede seguir con TuCartaYa sin cambiar nada en el día a día: tu carta digital y la gestión de tu negocio siguen funcionando igual. Como el aplazamiento da más tiempo, no hay prisa por cambiar de sistema; basta con hablar con nosotros antes de la nueva fecha para confirmar que tu facturación cumple lo que se exija entonces.

¿Tengo que cambiar de programa de facturación ahora?

No. Mientras la obligación no esté en vigor puedes seguir con tu programa actual. Lo recomendable es comprobar con tu proveedor que estará adaptado antes de la fecha que acabe siendo definitiva.

¿Ya es oficial el aplazamiento a 2028?

No del todo. Hacienda lo ha anunciado, pero hasta que no se publique la norma en el BOE siguen vigentes las fechas de 2027. Conviene seguir la noticia antes de tomar decisiones.

¿Qué pasa si uso un programa no adaptado cuando la obligación esté en vigor?

Cuando la obligación sea exigible, usar un programa que no cumpla los requisitos puede acarrear sanciones; según el artículo 201 bis de la Ley General Tributaria, de hasta 50.000 euros por ejercicio. Por eso conviene no dejar la adaptación para el final.

¿Afecta a las facturas que hago a mano?

Las facturas emitidas completamente a mano quedan fuera del reglamento. Si usas hojas de cálculo o procesadores de texto, revisa tu caso con tu gestor, porque pueden entrar dentro de la norma.

Fuentes

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